El matrimonio puede tener distintos significados según las creencias, culturas y tradiciones sociales y familiares de las personas, pero esto escapa del propósito de este libro. Cuando aquí se hable de “matrimonio”, nos limitaremos a referirnos a la dimensión estrictamente legal del mismo, según las leyes en Puerto Rico.
Dicho ésto, según las leyes de Puerto Rico, un matrimonio es una institución civil nacida de un contrato entre dos personas, las cuales se comprometen a cumplir el uno para el otro con una serie de deberes que la ley impone relativos a su relación de pareja[1].
[1] Art. 68 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 221




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