Definición de novación objetiva
- Novación que ocurre por medio de la variación del objeto de un negocio jurídico anterior.
En el Código Civil de Puerto Rico:
- Art. 1157. Modificación de las obligaciones. (31 L.P.R.A. sec. 3241):
Las obligaciones pueden modificarse:
(1) Variando su objeto o sus condiciones principales.
(2) Sustituyendo la persona del deudor.
(3) Subrogando a un tercero en los derechos del acreedor.
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