Leyes de Puerto Rico Anotadas (L.P.R.A.)

por: PopJuris

La colección Leyes de Puerto Rico Anotadas (L.P.R.A.) , conocida por el nombre informal derivado de su apodo “Lepra”, es una colección extraoficial que sirve como evidencia “prima facie” de las leyes puertorriqueñas* . Extraoficial quiere decir que no es oficial, y “prima facie” quiere decir que, “a primera vista”, parece cierto, y se presume cierto.

Leyes de Puerto Rico Anotadas se organiza en volúmenes divididos por temas, lo que lo diferencia de la colección de leyes oficial, Leyes de Puerto Rico (L.P.R.), que se organiza cronológicamente según se van aprobando las leyes. Además de ésto, la diferencia fundamental entre L.P.R.A. y L.P.R. es, como su nombre indica, las anotaciones, que son unas pequeñas notas que le informan al lector como los tribunales han interpretado las leyes que contiene la colección.

Ventajas de L.P.R.A. con respecto a L.P.R.

  1. Contiene anotaciones que ayudan a conocer como los tribunales han interpretado, interpretan o posiblemente interpretarán las leyes.
  2. Es una colección temática, por lo que hace más fácil su búsqueda.
  3. Por no ser una colección cronológica, las leyes revocadas se van descartando, por lo que es mucho menos probable encontrar leyes revocadas inservibles en L.P.R.A. que en L.P.R.

Desventaja de L.P.R.A. con respecto a L.P.R.

  1. No contiene la exposición de motivos, lo que podría ser necesario para aclarar la intención legislativa que ha de reclamarse en un tribunal.
  2. De haber discrepancia, prevalece el L.P.R.

Puede revisar la versión en línea de Leyes de Puerto Rico Anotadas en la página que ha preparado el Departamento de Estado junto con LexisNexis. (A pesar de que se titula la página Leyes de Puerto Rico, no se trata de la publicación oficial, sino la extraoficial, de la que hemos hablado aquí).

Referencia:

* Muñiz Argüelles, Luis y Fraticelli Torres, Migdalia . La investigación jurídica en el derecho puertorriqueño: fuentes puertorriqueñas, norteamericanas y españolas. 2. ed. San Juan, PR: Centro Gráfico del Caribe, 1995. 

Categorías: Derecho puertorriqueño, Leyes de Puerto Rico
Actualizado octubre 11, 2009 | Log in

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5 Comentarios

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  1. JOSEFINA AQUINO GONZALEZ comentó:

    DESEO SABER CUAL ES LA LEY NUEVA SOBRE LOS RESCATADORES DE TERRENOS O MAS BIEN PERSONAS QUE INVADEN TERRENOS DEL GOBIERNO ILEGALMENTE. ESTE ES EL CASO DE MI COMUNIDAD LAS ACEROLAS QUE LLEVA COMO 19 AÑOS Y EL FIDEICOMISO COMPRO UNOS TERRENOS QUE COLINDAN CON LOS DE NOSOTROS PARA ARREGLAR NUESTRA COMUNIDAD Y HACER CASAS NUEVAS Y OTRAS PERSONAS POR LA NECSIDAD Y OTROS POR LUCRARSE ESTAN INVADIENDO LOS TERRENOS Y YO ENTIENDO QUE ESTO ES ILEGAL Y QUE SI NO SE HACE NADA NUESTRA COMUNIDAD SE QUEDARA DE MAL EN PEOR.

    Julio 20, 2009 @ 4:10 am
  2. yexaira garcia sanchez comentó:

    deseo saber cual es la ley cuando tienes mas de 5años en tribunales un caso de mi casa q se inunda y pierdo todo y es mi casa nada mas la q se inunda ya q hemos hablados con los aseguradores de la contrucion pero no me han querido ayudar nos fuimos a juicio y ellos no se presentaron en el tribunal ya terminamos el juicio y quisiera saber cuanto se tarda para q el juez haga la sentencia ya qmis 2 hijos especialmente el mayor q es el q a pasado todo este problema le pusieron desacato la primera cita q no fue luego para el juicio tampoco fue le pucieron por reberdia cuales son mis derechos o q ley me tocaria a mi

    agosto 5, 2009 @ 5:31 am
  3. Eugenio Martínez Rodríguez comentó:

    Yexaire

    Le recomiendo que busque sus contestaciones con el servicio de teleabogados de Servicios Legales de Puerto Rico. Aquí están los números telefónicos

    Yo lo he utilizado, y es muy sencillo y útil obtener orientación con ellos.

    Saludos.

    agosto 6, 2009 @ 10:54 am
  4. Rafael A. Mojica comentó:

    Deseo recibir via e-mail copia del articulo #38 de la Ley 24 con fecha del 22 de abril de 1931. Es de gran importancia para mi tener copia de esa ley. Si no es posible favor indicarme en cual biblioteca puedo tener acceso a dicha ley. Muy agradecido

    Rafael A. Mojica

    septiembre 9, 2009 @ 3:16 pm
  5. Felix Vargas del Pilar comentó:

    Quiero saber sobre la ley #7 si van apagar los dias de enfermeda en eseso

    noviembre 23, 2009 @ 8:13 pm

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