Hechos
Un grupo de ciudadanos (FOE) entablaron un pleito contra la empresa Laidlaw Enviromental Services, Inc. por la violación del Clean Water Act, la cual proveía para que “cualquier persona o personas que tengan un interés en el cual están o podrán verse adversarialmente afectados”. Los demandantes solicitaban un remedio de injunction, y la imposición de penalidades civiles. La corte de distrito declaró que un remedio de injunction era inapropiado por que los demandados habían remediado la situación, pero si optó por una penalidad de $405, 800. La Corte de Apelaciones revocó al tribunal de distrito, debido a que el pleito se había convertido en académico al no existir ya la alegada violación, y al no tener los demandantes legitimación activa para solicitar unas penalidades civiles que se le pagarían al gobierno, y no a ellos.
Controversia
¿Tienen, un grupo de ciudadanos, legitimación activa para solicitar la imposición de penalidades civiles contra alguien?
¿Es académico solicitar imposiciones contra alguien por cometer una acción que, al parecer, ya no está en posición de repetir debido a la venta de las instalaciones donde se cometieron las faltas?
Decisión
Sí, puede tener legitimación activa para solicitar la imposición de penalidades civiles, y puede no ser académico solicitar imposiciones contra alguien que ya no está realizando la actividad bajo la cual cometió las faltas, si existe la posibilidad de que tal falta puede cometerse en un futuro y no es demasiado especulativo decir esto.
Fundamentos
- Aunque las penalidades civiles no podrán remediar algún daño que los demandantes puedan haber sufrido, pues las mismas se pagan al Estado y no a los demandantes, como estas tienen “algún efecto disuasivo” si puede remediar un posible daño futuro a la parte demandante, por lo tanto, FOE tiene legitimación activa para solicitar el pago de penalidades civiles.
- La doctrina de la academicidad, no es meramente “the doctrine of legitimación activa set in a time frame” como resumió el Tribunal de Apelaciones, pues el propósito de ambas doctrinas es diferente. Mientras la doctrina del legitimación activa persigue ahorrar recursos para atender solo las disputas en la que las partes están involucradas, la doctrina de la academicidad, de aplicarse estrictamente en casos muy desarrollados, resultaría en un despilfarro.
- Además, se diferencia el legitimación activa de la academicidad, pues si esta ultima fuera solo “the doctrine of legitimación activa set in a time frame”, no existiría la excepción en la que la academicidad no es válida si existe la posibilidad de que se repita la falta en un futuro.
Comentarios
El caso es interesante pues, como señala Scalia en su opinión disidente, le da el poder a ciudadanos privados de ejecutar la ley.
