Responsabilidad por conducta intencional en Puerto Rico (pr)
Las conductas intencionales que causan daño –como la agresión, la intimidación o la restricción de la libertad– son fuente de responsabilidad civil extracontractual, o, en palabras sencillas, se puede demandar por ello. No obstante, es importante no confundir el proceso civil (en el que un individuo litiga contra otro para que este repare o compense los daños que cometió) con el procesal penal (en el que el Estado, como representante del pueblo, acusa a una persona de un delito con la intención de castigarlo). Ambos procesos son relativamente independientes: puede haber proceso penal sin el civil, o el civil sin el penal, e incluso puede resultar de una forma el proceso penal y de otra el civil. Ver: “Daños y perjuicios en Puerto Rico“.
En fin, el procedimiento penal y el civil son dos procesos independientes. El que aquí se trata es el civil.
A. Acciones torticeras intencionales o dolosas
1. Acometimiento y agresión
2. Restricción ilegal de la libertad
- Es cuando una persona le restringe la libertad a otra sin que su acción esté justificada según la ley.
- Es necesario probar los siguientes tres elementos para alegar exitosamente que hubo una restricción ilegal de la libertad: 1) restricción intencional de la libertad de movimiento de una persona 2) que la persona detenida esté consciente de la detención y no haya consentido a ella 3) que la detención haya causado daños”. Ver: Resumen de Castro Cotto v. Tiendas Pitusa 2003 JTS 101.
- Ver:Resumen de Parrilla Báez v. Airport Catering Services 133 DPR 263 (1993), resumen de Dobbins v. Hato Rey Psychiatric Hospital 87 DPR 30 (1962):brief
3.Embargo ilegal
4. Persecusión maliciosa
5. Interferencia intencional con las obligaciones de otro
6. Contrato en daño de tercero
7. Culpa in contrahendo
B. Defensas o privilegios peculiares a este tipo de acción
1. Consentimiento
2. Obediencia jerárquica
2. Legítima defensa de bienes o personas
3. Uso de fuerza por la autoridad competente para efectuar un arresto o imponer disciplina.
4. Privilegio de invadir propiedad ajena por razón de necesidad pública o privada
5. Intimidación y violencia
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Categorías: Derecho Civil extracontractual
Actualizado July 14, 2009 | Log in
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