Definición y clasificación (Código Penal de Puerto Rico de 2004) | Biblioteca PopJuris

Definición y clasificación (Código Penal de Puerto Rico de 2004)

TÍTULO II: DE LOS ELEMENTOS DEL DELITO Y DE LA CONDUCTA DELICTIVA
CAPÍTULO I: DEL DELITO

Definición y clasificación

Artículo 15. Definición. Delito es un acto cometido u omitido en violación de alguna ley que lo prohíbe u ordena, que apareja, al ser probado, alguna pena o medida de seguridad.

Artículo 16. Clasificación de los Delitos. Los delitos se clasifican en menos graves y graves. Es delito menos grave todo aquél que conlleva multa individualizada de hasta cinco mil (5,000) dólares o reclusión hasta noventa (90) días. Delito grave, en todas las clasificaciones que se especifican más adelante, comprende todos los demás delitos.

Es delito grave aquél que conlleva una pena de reclusión mayor de seis (6) meses y que según la pena correspondiente, se clasifica en cuatro grados, como sigue:

(a) Grave de primer grado, cuya pena es de reclusión por noventa y nueve (99) años.

(b) Grave de segundo grado, cuya pena de reclusión fluctúa entre ocho (8) años un (1) día y quince (15) años.

(c) Grave de tercer grado, cuya pena de reclusión fluctúa entre tres (3) años un (1) día y ocho (8) años.

(d) Grave de cuarto grado, cuya pena de reclusión fluctúa entre seis (6) meses un día y tres (3) años.

No obstante, en los delitos graves y en los delitos menos graves podrá imponerse otros tipos de penas, además de la reclusión.

Los delitos graves que se tipifican en leyes especiales mantienen la clasificación de grave y la pena correspondiente si conllevan una pena de reclusión mayor de seis (6) meses o multa mayor de cinco mil (5,000) dólares, salvo que por ley se disponga otra cosa.

Los delitos menos graves que se tipifican en leyes especiales mantienen la clasificación de menos grave y la pena correspondiente si conllevan una pena que no exceda de seis (6) meses o multa que no exceda de cinco mil (5,000) dólares, o ambas penas.

Artículo 17. Delito sin pena estatuida. Si algún acto u omisión es declarado delito y no se establece la pena correspondiente, tal acto u omisión se penalizará como delito menos grave. Si algún acto u omisión es declarado delito grave y no se establece la pena correspondiente, se le impondrá la pena de delito grave de cuarto grado.


3 Comments

Humacao on February 12, 2010 at 5:43 pm.

El abuso de los gobiernos es lo que hace que los confinados cambien. y regresen muchos de ellos. Soy una hermana y se que tengo derecho a mi expresion. Todo el mundo habla que la ley que la ley y que la ley. Difienden a un perro(animal) y no le dan opciones a estas personas pobres y quienes no pueden pagar altas fianzas. es abusooo en realidad soy de Humacao, tengo un hermano preso por orden de PR, le niegan habeas corpus, terminos 90 dias sin acusaciones leidas, todo en su ausencia, y abogaditos asignados. Si muere un juez a nadie le importa, si muere un fiscal mucho menos, y un abogado a saber. Porque es claro que la ley es para el pobre y no para el rico. Y creo en DIOS y silvo a DIOS pero hay personas que andan juzgando a otros en un tribunal y no saben ni lo que ocurrio. Y si estan equivocados o no. Ahhh y pide DIos amaos los unos a los otros, ama a tu projimo como a ti mismo. etc etc. Y que hacen los fiscales, jueces y abogados (humacao) montan un caso. Es serio pero los beneficios de Estados Unidos seran suspendidos prontamente, porque una persona tan insignificante como yo y otros. de mala apariencia puede utilizar estos y otros medios para abrir la caja de pandora*** Sorpresas*** y sobretodo DIOS hace justicia y manda enfermedades, accidentes, tristesa dolor si lo permite para que sepan las personas de poder que hay cosas que no se pueden comprar. con dinero. Por eso es tan dificil que un rico(adinerado) entre al reino de los cielo. Por eso vendran muchos terremotos, por eso pestilencias, por eso guerras, por eso tantas cosas malas porque la benida de DIOS esta en la puerta. Y el dijo con la misma vara que juzgues con la misma seran juzgados. Veran la ira de DIOS existe. Y hay que dar oportunidades, hay que amar y pensar en la familia, en los hijos y en el pobre marginado y despreciado por la sociedad. Mientras que los ricos se rien de nosotros.

Urayoan on October 10, 2011 at 12:42 pm.

A llorar pa maternidad, mija, deja el lloriqueo y superate, educate, y trabaja y veras como las cosas cambiaran, dejen de parir como guimos, y denle a sus hijos educacion y valores, a tu hermano por bueno no fue que le paso lo que le paso, algo tiene que haber hecho. Y deja la biblia y esas zandeces.

lili on November 11, 2011 at 10:30 am.

la justicia no existe cualquier loco se inventa un caso y si hay policias corruptos que lo apoyen tienen uno que buscar abogados que son los que en realidad se benefician. hay que pasar malos ratos en tribunales. le danan la tranquilidad a cualquiera. si te acusan de algo que en realidad no haz hecho pero si el querellante dice que si. se le cae el mundo encima a uno.

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